Ante la situación geopolítica actual, el Gobierno de España ha aprobado nuevas medidas temporales de apoyo para reducir el impacto de los costes energéticos en hogares y empresas. Estas medidas están recogidas en el Real Decreto-ley 7/2026, publicado en el BOE.

A continuación, las principales modificaciones, que entran en vigor a partir del 22 de marzo de 2026: 

 

1. Estas medidas se aplican automáticamente 

Una de las dudas más habituales es si hay que solicitar estas medidas. La respuesta es clara: 
No tienes que pedir ni gestionar nada. 
Estas rebajas fiscales se aplicarán automáticamente en las facturas emitidas a partir del 22 de marzo, siempre que se cumplan las condiciones.  


2. Bajada del IVA en gas y electricidad: del 21% al 10% 

Para facturas emitidas a partir de la fecha de entrada en vigor, el IVA del gas y la electricidad baja del 21% al 10%. 

Periodo de aplicación: 
Hasta el 30 de junio de 2026, si se mantienen las condiciones actuales.
Condiciones indicadas en la medida (según la información de referencia del BOE): 
Clientes vulnerables o potencia contratada ≤ 10 kW. 
Posible revisión antes de la fecha prevista: 
La medida podría dejar de aplicarse antes de finales de junio si el IPC de las energías fuese inferior al 15% del IPC del mismo periodo del año anterior. 


3. Bajada del Impuesto Eléctrico: del 5,1% al 0,5% 

Igualmente, para facturas emitidas a partir de dicha fecha, el Impuesto Eléctrico se reduce del 5,1% al 0,5% hasta el 30 de junio de 2026.
Periodo de aplicación: 
Hasta el 30 de junio de 2026 (según el BOE), con la misma lógica de vigencia ligada a la situación. 
 

Las medidas referentes al IVA y al Impuesto Eléctrico estarán vigentes hasta el 30 de junio de 2026. No obstante, la medida podría dejar de aplicarse antes de esa fecha si el IPC de las energías fuese inferior al 15% del IPC del mismo periodo del año anterior.


4. Protección a clientes vulnerables: continuidad del suministro (medida vigente hasta 2026)

El Gobierno mantiene una medida de protección social ya existente: 
Se mantiene la imposibilidad de corte de suministro a clientes vulnerables hasta el 31/12/2026. Esta medida está orientada a garantizar la continuidad del suministro en hogares en situación de vulnerabilidad.  
 

5. Medidas para empresas y autónomos: cambios en potencia contratada (hasta 31/12/2026) 

El paquete incluye una medida específica para empresas y autónomos relacionada con la potencia contratada: 
Hasta el 31/12/2026, empresas y autónomos pueden solicitar cambios en potencias contratadas con una periodicidad ≤ 12 meses. 


Sin costes adicionales: No se repercutirá ningún coste al cliente por la modificación, salvo cuando el cambio suponga un incremento de potencia (nueva potencia > potencia inicial).

Finalizado este periodo, dispondrán de 3 meses para ajustar la potencia contratada.


¿Por qué puede cambiar la fecha habitual de tu factura? 

Dado que estas medidas requieren ajustes técnicos, estamos trabajando para adaptar nuestro proceso de facturación y reflejar correctamente los cambios. Por este motivo, es posible que la emisión de la próxima factura se desplace ligeramente de su fecha habitual. 

Nuestro objetivo es que los nuevos beneficios fiscales se trasladen a tu factura con la máxima claridad.