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¿Qué es el Bono Social y cómo solicitarlo?

¿Qué es el Bono Social Eléctrico y cómo solicitarlo?

El Bono Social es un mecanismo de descuento en factura, con el fin de proteger a determinados colectivos de consumidores económica o socialmente más vulnerables.

Existe un Bono Social para la electricidad, y un Bono Social término. Para beneficiarse de éste último será necesario ser beneficiario del Bono Social eléctrico.

¿Cómo solicitar este Bono Social?

Para solicitar el Bono Social eléctrico, tu contrato de luz tiene que estar en una comercializadora de mercado regulado. Totalenergies, es una comercializadora de mercado libre, por lo que no podemos tramitar esta solicitud. Infórmate de todos los requisitos para solicitarlo en una de las comercializadoras de mercado regulado.

 

COMERCIALIZADORA REGULADA, GAS & POWER, S.A.900 813 527www.comercializadoraregulada.es
ENERGÍA XXI COMERCIALIZADORA DE REFERENCIA, S.L.800 760 333www.energiaxxi.com
CURENERGIA COMERCIALIZACIÓN DE ÚLTIMO RECURSO, S.A.U.900 200 708www.curenergia.es
COMERCIALIZADOR DE REFERENCIA ENERGÉTICO, S.L.U.900 814 023www.corenergetico.es
RÉGSITI COMERCIALIZADORA REGULADA, S.L.U. 900 101 005www.regsiti.com
TERAMELCOR, S.L.800 007 943www.teramelcor.es
ENERGÍA CEUTA XXI COMERCIALIZADORA DE REFERENCIA, S.A.900 106 004www.energiaceutaxxi.com
BASER COMERCIALIZADORA DE REFERENCIA, S.A900 902 947www.basercor.es

 

 

 

 

 

 

 

 

¿Quién puede solicitar el Bono Social eléctrico?

Puede solicitarlo aquella persona que esté englobada dentro de alguno de los colectivos que marca el Gobierno a tal fin, y sobre el contrato de luz de su vivienda habitual, el cual no debe exceder 10 kW de potencia contratada.

Los colectivos fijados por el gobierno son los siguientes:

Consumidor Vulnerable

Se debe cumplir alguno de los siguientes requisitos:

  • Que la renta anual de la unidad de convivencia a la que pertenezca sea ≤ a 1,5 x IPREM de 14 pagas. El límite de renta se incrementará en 0,3 x IPREM por cada miembro adicional mayor de edad y 0,5 x IPREM por cada miembro adicional menor de edad.
  • Estar en posesión del título de familia numerosa.
  • El titular o todos los miembros de la unidad de convivencia si existen, que tengan ingresos, sean pensionistas del Sistema de la Seguridad Social, por jubilación o incapacidad permanente, siempre que: perciban la cuantían mínima vigente en cada momento para estas clases de pensión y no perciban otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros.

Consumidor Vulnerable Severo

Se debe cumplir alguno de los siguientes requisitos:

  • Percibir una renta anual ≤ 50% de los umbrales establecidos para ser considerado consumidor vulnerable, incluyendo, en su caso, el incremento previsto para los casos en los que concurran las "circunstancias especiales".
  • Si es una familia numerosa, la unidad de convivencia debe percibir una renta anual ≤ 2 x IPREM de 14 pagas.
  • Si el consumidor o todos los miembros que tienen ingresos en la unidad de convivencia perciben pensión mínima, y no perciben otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros, el consumidor o la unidad de convivencia a la que pertenezca debe percibir una renta anual ≤ 1 x IPREM de 14 pagas.

Consumidor Vulnerable en Riesgo de exclusión social

Para ser considerado consumidor en riesgo de exclusión social, el titular del contrato debe cumplir con los requisitos para ser considerado vulnerable severo y, además, ser atendido por los servicios sociales de una Administración Pública (autonómica o local) que financien al menos el 50% del importe de su factura a PVPC. 

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