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HUERTOS SOLARES: VENTA A MERCADO O PPAS

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HUERTOS SOLARES: VENTA A MERCADO O PPAS

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Los huertos solares

Los huertos solares son instalaciones de generación eléctrica que producen electricidad mediante paneles fotovoltaicos, y están ubicados en zonas rurales o alrededor de núcleos urbanos, ocupando una superficie no muy extensa. Generalmente la propiedad está repartida entre varios inversores particulares. Este tipo de instalaciones tuvieron un gran desarrollo en los primeros años de despliegue de la tecnología fotovoltaica. Actualmente, además de huertos solares, existen pequeñas instalaciones solares para autoconsumo doméstico o industrial y también grandes parques solares de miles de kilovatios de potencia instalada.

En su momento, los huertos solares se acogieron al régimen especial de producción de energía eléctrica de origen renovable, por el que el gobierno les garantizaba una retribución con un precio fijo (prima) por cada kilovatio-hora producido durante 30 años. Este precio estaba calculado de manera que los promotores de los huertos solares pudieran recuperar su inversión con una tasa de rentabilidad razonable. Sin embargo, este sistema ha sido reemplazado en los últimos años por otras modalidades de retribución para la energía solar fotovoltaica, bien subastas convocadas por el gobierno, contratos bilaterales entre sujetos del sector, o bien venta directa de la producción de electricidad al mercado diario mayorista de electricidad.

Como consecuencia de la crisis económica y su impacto en la recaudación de las actividades reguladas del sector eléctrico, muchos huertos solares existentes vieron recortada, a partir de 2013, la retribución que se les había garantizado inicialmente durante 30 años. Esto condujo a muchas instalaciones a delicadas situaciones financieras, pero también provocó que los propietarios prestasen desde entonces más atención a las alternativas que ofrecen los mercados eléctricos para la venta de la producción de electricidad.

De hecho, aquellas instalaciones antiguas que ya no tienen derecho a recibir prima, o bien los nuevos huertos solares que se construyen en la actualidad, tienen que elegir entre las alternativas que ofrece el mercado eléctrico para obtener ingresos por la venta de su producción.

Venta al mercado diario

La alternativa más sencilla es vender la energía producida en los huertos solares al mercado mayorista de OMIE, que convoca cada día a las doce del mediodía a los sujetos del sector eléctrico para que presenten sus ofertas de compra y venta. Como resultado, resulta un precio horario en el mercado eléctrico que percibirán todas las unidades de generación que hayan ofertado por debajo de dicho precio, y que será también el precio que pagarán todos los compradores de energía en dicho mercado al por mayor.

Los huertos solares pueden optar por vender la electricidad en este mercado a través de una comercializadora de referencia o bien mediante el representante que libremente elijan. La principal diferencia es el coste de intermediación por esta actividad: en el caso de las comercializadoras de referencia el coste por la representación en el mercado que cobran por realizar el servicio de agente vendedor está regulado por ley en 5 euros/MWh; en el caso de los representantes este coste suele rondar entre 0,1 y 1 euros/MWh.

El principal inconveniente de la venta de la electricidad generada al mercado eléctrico es que los precios diarios son muy variables de un año a otro, por lo que no garantizan una retribución conocida a lo largo del tiempo.

Contratos bilaterales o PPAs

Un contrato PPA (Power Purchase Agreement) es un acuerdo bilateral entre dos partes mediante el que una se compromete a pagarle a la otra un determinado precio por la electricidad que produzca durante un periodo de tiempo pactado. No es necesario que exista una línea eléctrica que conecte directamente la instalación de generación eléctrica con el punto de consumo, ya que se trata de un acuerdo económico que no precisa del intercambio físico directo sino del balance económico de la energía producida y consumida por cada sujeto.

En los últimos años este tipo de acuerdos se están generalizando en el sector eléctrico, no solo en España sino en todo el mundo, ya que, ante el incremento de las dificultades de los nuevos proyectos para obtener financiación, este instrumento garantiza al financiador que el nuevo parque solar recibirá unos ingresos previsibles por la venta de su producción y por tanto podrá rentabilizar la inversión. La solvencia de los compradores de la energía es un elemento decisivo para obtener la financiación bancaria de un proyecto fotovoltaico apoyado en un contrato PPA, ya que el banco intenta asegurar que se mantendrá el acuerdo durante el periodo de años pactado.

Otro de los factores que está impulsando la firma de acuerdos tipo PPA es la necesidad de muchos comercializadores de garantizar que la electricidad que están comercializando es de origen renovable, como ya exigen muchas entidades privadas y administraciones públicas.

No existe una regulación legal específica para este tipo de contratos, más allá de la legislación mercantil de aplicación en cada país. Eso hace que existan muchas modalidades distintas de contratos; en algunos casos se pacta un precio fijo por todo el volumen de energía contratado, pero en otros se acuerdan fórmulas indexadas según la evolución diaria de los precios de los mercados de energía con límites de precios inferior y superior.

También la tecnología blockchain está ayudando al desarrollo de estos contratos, ya que se están poniendo en marcha plataformas para la compra y venta de energía de origen renovable, que pueden resultar de mucho interés particularmente para los pequeños huertos solares.

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