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¿ELECTRICIDAD DE MERCADO LIBRE O REGULADO?

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¿ELECTRICIDAD DE MERCADO LIBRE O REGULADO?

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El mercado eléctrico español está liberalizado desde 1998 y existe libertad de elección por parte de todos los consumidores para elegir a su suministrador de electricidad. Sin embargo, los consumidores con potencia contratada igual o inferior a 10 kW (principalmente consumidores domésticos) disponen de dos alternativas para la contratación:

PRECIO VOLUNTARIO AL PEQUEÑO CONSUMIDOR (PVPC)

Mediante contrato de suministro de último recurso, desde 2013 denominado Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC), con un comercializador de último recurso o de referencia (el consumidor elegirá a su suministrador entre una lista de comercializadores autorizados por el Ministerio de Industria), cuyo precio viene determinado por el coste hora a hora de la energía en el mercado mayorista más el resto de costes del sistema eléctrico de manera transparente. Actualmente unos 11 millones de abonados pagan su factura de la luz con este sistema regulado por el gobierno. El formato de la factura está normalizado por el gobierno, y se paga el mismo precio independientemente de la comercializadora de referencia con la que se contrate el suministro.

De acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 216/2014, el precio voluntario al pequeño consumidor se compone, cada hora, de la suma de los distintos componentes del coste de la energía, incluyendo:

  • El coste de producción de energía eléctrica, que se determinará con base en el precio horario de los mercados diario e intradiario durante el período al que corresponda la facturación, los costes de los servicios de ajuste del sistema y otros costes asociados.
  • Los peajes de acceso por el uso de las redes eléctricas y cargos que correspondan, regulados por el gobierno.
  • Los costes de comercialización que se determinan en el decreto.
  • El impuesto de la electricidad, que se calcula aplicando el coeficiente 1,05113 para el cálculo de la base imponible y el tipo impositivo de 4,864% para el cómputo del importe a pagar.
  • El alquiler del contador.
  • IVA (21%). Aplicado sobre todos los conceptos incluidos en la factura.

La facturación se efectúa por el comercializador de referencia que corresponda con base en lecturas reales de acuerdo con lo previsto en la normativa de aplicación. En el caso de suministros que cuenten con equipos de medida con capacidad para telemedida y telegestión, y efectivamente integrados en los correspondientes sistemas, la facturación se realiza considerando los valores horarios de consumo puestos a disposición o en su caso remitidos por el encargado de la lectura. Cuando el suministro no dispone de equipo de medida con capacidad para telemedida y telegestión, la facturación se realiza aplicando a las lecturas reales por periodos puestas a disposición de los comercializadores por los encargados de la lectura, los perfiles horarios de consumo calculados por Red Eléctrica de España.

Red Eléctrica da a conocer todos los días a las 20.15 horas, a través de su página web  www.esios.ree.es/es/pvpc, los 24 precios finales horarios del término de energía del día siguiente que se aplican en la factura eléctrica de los consumidores con una potencia contratada no superior a 10 kW y que estén acogidos al PVPC.

Los consumidores acogidos a esta tarifa pueden acogerse también a las modalidades con discriminación horaria que diferencian dos o tres periodos.

Para optar al bono social, que garantiza un descuento en la factura eléctrica en caso de cumplir con los requisitos personales, familiares y de renta establecidos para consumidores vulnerables, el usuario debe tener contratada la tarifa PVPC en la vivienda habitual.

SUMINISTRO EN EL MERCADO LIBRE

Mediante contrato de suministro en el mercado libre, con una empresa comercializadora de las que operan en el mercado español de la electricidad. El consumidor elegirá a su suministrador y la oferta de precios que más le convenga. Unos 15 millones de consumidores domésticos han optado por este sistema alternativo de contratación del suministro de electricidad. En el mercado liberalizado el comercializador tiene libertad para elegir los términos incluidos en el contrato y por tanto en la factura, por lo que será de gran importancia tener claro qué conceptos están incluidos en la oferta del comercializador.

El resto de consumidores, aquellos con potencias contratadas superiores a 10 kW, no disponen de tarifa de último recurso, pero pueden aprovechar las oportunidades del mercado liberalizado para encontrar una oferta para su suministro eléctrico.

Los consumidores que contraten la electricidad en el mercado liberalizado firmarán un contrato con el comercializador que elijan, que incluirá las condiciones contractuales que se pacten y los precios a pagar por el suministro. Los conceptos incluidos en los precios son:

  • Un precio acordado con el comercializador por la adquisición de la electricidad en el mercado mayorista (que incluirá también el coste de las pérdidas eléctricas, la retribución del Operador del Mercado y del Operador del Sistema, y los pagos por capacidad e interrumpibilidad).
  • Peajes de acceso por el uso de las redes eléctricas, establecidos por el gobierno.
  • El impuesto de la electricidad, igual en que tarifa PVPC.
  • El alquiler del contador.
  • IVA (21%).

Si deseas asesoramiento personalizado para contratar el suministro eléctrico de tu negocio o comunidad de vecinos, contacta con TotalEnergies en el teléfono  900 834 937 o a través de este formulario de contacto.

 

 

 

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