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Como autónomo, ¿puedo desgravar la luz?

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Como autónomo, ¿puedo desgravar la luz?

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¿Eres autónomo y trabajas desde tu propia casa? En ese caso, tienes que saber que puedes desgravar un porcentaje de tu factura energética. ¿Sabes cuánto, y cómo puedes hacerlo? ¡Te contamos todos los detalles en el siguiente post!


¿Qué puede desgravar un autónomo? Hablemos del IRPF 

Como empleado autónomo hay una serie de gastos e impuestos que son deducibles. Un buen ejemplo es el IRPF o Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Estos gastos desgravables son aquellos que Hacienda admite descontar de las ventas y de las ganancias para así deducir el rendimiento de tu trabajo. Así, sobre el resultante se aplica el IRPF que sea correspondiente en cada caso.

 

Sin embargo, existen ciertos requisitos para deducirse un gasto y el principal es que esté vinculado a la actividad económica. Si lo está y ha sido convenientemente justificado y registrado contablemente, es deducible. Por ejemplo, si el autónomo necesita contratar a un auditor o reparar un bien material de su oficina, estos gastos serán considerados deducibles. En este contexto, a muchos nuevos trabajadores por cuenta propia les surgen dudas acerca de los suministros domésticos, en especial cuando trabajan desde casa. ¿Son o no son deducibles? 


¿Los autónomos pueden desgravar la luz de su domicilio? 

Sí, desgravar la luz del domicilio es posible si eres empleado por cuenta propia en el caso de que trabajes desde tu domicilio. Ten en cuenta que, recibos como el del agua, el teléfono o la luz suponen un gasto más para ti si desarrollas tu actividad económica en tu casa. Eso sí, para que esto sea posible, la Agencia Tributaria tiene que tener conocimiento de que trabajas en casa; además, solo es posible desgravar una parte del gasto, no el 100%. De todas formas, te contamos todos los detalles que tienes que conocer a continuación. 


Todos los requisitos para desgravar los suministros 

Para poder desgravar los recibos de luz, así como de cualquier otro suministro, tienes que cumplir una serie de requisitos: 

  • Estar dado de alta en el régimen de autónomos. 
  • Trabajar principalmente en el inmueble que figura como tu residencia habitual.
  • Que Hacienda conozca el porcentaje de gastos de tu vivienda que son derivados de tu trabajo profesional.
  • Disponer de contadores separados para el consumo privado y para el consumo de tu actividad laboral.
  • Que Hacienda conozca cuántos días son los que desarrollas tu trabajo desde tu casa, además de las horas concretas totales. 

 

¿Cuánto puedo desgravar de mi factura de luz como autónomo?

Como ya te adelantamos, no es posible deducir tu gasto completo de luz, tan solo una parte. En concreto, se puede desgravar la cantidad resultante de aplicar un 30% a la parte del área que uses para desempeñar tu trabajo en comparación con la superficie total del domicilio. 


Para que Hacienda tenga conocimiento del porcentaje exacto es necesario que tu gestor firme una declaración de la proporción que utilizas para tu trabajo, y cuál para tu vida privada. Una vez dispongas de esto, debes fraccionar tu factura de luz en dos partes: la correspondiente a tu cuenta normal de cliente, y la que forma parte de tu gasto como autónomo. 


Ejemplos prácticos según tu situación 

Sabemos que esto puede ser complicado de entender, por eso te vamos a poner un par de ejemplos prácticos diferentes:

 

Si trabajas en casa desde una habitación

Carla es creadora de contenido y trabaja desde su propia casa. Esta cuenta con una extensión total de unos 100m2, mientras que la habitación donde desempeña su trabajo mide 20m2. Esto quiere decir que utiliza un 20% de la superficie total de su hogar. Por otra parte, su factura de luz mensual es de 90€. Estos 90€ multiplicados por el 20% dan un total de 18€. Ahora bien, como ya hemos comentado, solo se puede deducir el 30% de esta cantidad. Es decir, 18 x 30% resulta en 5,04€: el coste que puede deducir Carla de su factura de luz por realizar su trabajo desde su casa, tanto para el IVA como para el IRPF.

 

luz irpf autónomos

 

Si trabajas en casa y cuentas con un despacho o taller

¿Y qué ocurre si tienes un despacho propio desde el que trabajar en tu hogar? Los cálculos serían los mismos. Imagina que cuentas con un despacho de unos 30m2 en un piso de 120m2, lo que quiere decir que destinas a tu trabajo un 30% de tu casa. Por otro lado, tu factura de luz es de 100€ mensuales. Así, 100 x 17% es un total de 30€. De este modo, 30 x 30% = 9€. Esta sería la cifra total que en este caso podrías desgravar de tu factura energética. 


¿Y si tengo alquilado un espacio de coworking?  

En el supuesto de que cuentes con un espacio de coworking alquilado, tienes que saber que también puedes deducirte el porcentaje de gasto energético correspondiente. Esto se debe a que la luz va incluida en el precio total, por lo que es desgravable, como ocurre si trabajas desde tu casa.


¿Y si no tengo una habitación adicional que sirva de despacho? 

En el caso de que no tengas una habitación adicional que sirva como despacho, no es posible desgravar la luz. Ten en cuenta que para que puedas hacer esto es necesario que la estancia tenga un uso separado de la vida cotidiana, o a lo sumo, esporádico en este ámbito. De lo contrario, separar el gasto correspondiente solo a tu empleo sería muy complicado. 

 

Por otro lado, si tu vivienda tiene pocas habitaciones y trabajas "donde puedes", en la mesa de la cocina o de tu cuarto, por ejemplo, puedes sufrir el mismo problema. Pongamos por ejemplo una casa de tan solo dos habitaciones en la que una es el dormitorio y la otra la cocina, ambas con claro uso doméstico. De momento, ser capaz de atribuir una habitación a tu actividad profesional es la condición básica para desgravar los suministros. Esto plantea un problema especialmente a los autónomos que viven en un loft o estudio sin delimitación de habitaciones, aunque es posible que se revise en el futuro para dar cabida a estas nuevas realidades. 


Si comparto piso, ¿puedo dividir la factura de la luz y desgravarla en mi declaración de autónomo?

Sí, puedes. De hecho, dividir la factura para pagar tu parte directamente es lo más recomendable. Así te será posible deducir aquel gasto correspondiente a tu trabajo del recibo energético para desgravarlo en IVA e IRPF. 


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